ALQUILER DE VIVIENDA EN PROPIEDAD HORIZONTAL: No hay  norma jurídica que permita a la Comunidad impedir o resolver el contrato de compra-venta, o el contrato de arrendamiento, ni el Código Civil ni la Ley de Arrendamientos Urbanos. Otra cosa es que el nuevo propietario o arrendatario tengan que cumplir con las normas contenidas en los Estatutos o con las normas de la Comunidad.

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