INSTALACIONES EN AZOTEA: al ser la azotea elemento común ningún propietario puede   proceder a la colocación de ANTENA o PARABÓLICA sin previo consentimiento de la Comunidad de Propietarios, independientemente quien sea el denunciante, bien puede serlo un propietario o un arrendatario, dado que el sujeto que pone a la Comunidad en los antecedentes es irrelevante, lo importante es la decisión que adopte la Comunidad de Propietarios.