BAR EN ZONA COMÚN, RESPONSABILIDAD: Aunque conforme la L.P.H., quien responde de cualquier infracción es el propietario, en los supuestos de un local que se encuentra arrendado, y es el arrendatario quien ocupa indebidamente parte de las zonas comunes, en este caso mediante la colocación de sillas y mesas, la demanda debe interponerse bien contra el inquilino o contra el inquilino y el propietario por el juego procesal del litisconsorcio pasivo;