ELEMENTOS COMUNES: OBRAS POR ANTERIOR PROPIETARIO: La Comunidad de Propietarios puede ir claramente contra el actual propietario, entre otras cosas porque de nada valdría accionar solo contra el anterior si luego es necesario entrar en la vivienda o local. La Jurisprudencia por ello sostiene que el hecho que la obra haya sido ejecutada por el propietario anterior no constituye obstáculo para abrir un proceso judicial, en el sentido que la Comunidad de Propietarios tiene perfecto derecho a exigir la demolición de las obras hechas en elementos comunes sin que el actual propietario pueda escudarse en que no sabía nada. En consecuencia la demanda debe practicarse contra el anterior y actual propietario.