GASTOS DE ESCALERA: IMPUGNACION JUDICIAL: Para que el acuerdo adoptado por la Junta de Propietarios, elevación en un 20% del gasto de escalera, pueda ser declarado nulo, es necesario que se impugne judicialmente por los disidentes en el plazo de 30 días contados desde la notificación del Acta ya que estos no asistieron a la reunión, pero no desde que se les avisa verbalmente, pues dicha comunicación no tiene ningún valor a estos efectos, sino que habrá necesariamente que notificar. Reseñar que el plazo de 30 días es para remitir a la Comunidad de Propietarios el escrito de discrepancias, para posteriormente conforme dispone la LPH, impugnar en plazo. Transcurrido el plazo sin que nada se haya hecho, ningún propietario podrá negarse al pago del aumento del gasto de escalera en un 20 %.