LOCAL NEGOCIOS, OBRAS: La Comunidad de Propietarios no está obligada a permitir las obras que necesita un local comercial para hacer funcionar un determinado negocio, por el hecho que las exija la autoridad administrativa para la concesión de una licencia municipal, pues sino reúne los requisitos para una determinada explotación, ese no es problema de la Junta de Propietarios, que no está obligada a acceder a que se utilicen elementos comunes por el hecho de que alguien cambie de negocio y el ayuntamiento exija otros requisitos para dar la licencia; El abuso de derecho o ejercicio antisocial solo se dará si estas obras son de menor importancia, es decir, que no afectan prácticamente nada a los elementos comunes, pero no cuando se trata de modificar la utilización del patio y abrir o agrandar una puerta en una pared maestra.