PRESIDENTE: SU ACTUACIÓN EN JUNTA: Ante la situación consistente en la negativa del Presidente para firmar la escritura de compraventa del piso-portería, desafectado por acuerdo unánime en la Junta de Propietarios, alegando que no está conforme con tal decisión de vender, solo tiene una solución y es que la cuarta parte de los propietarios convoquen una reunión para hacer cesar al Presidente y nombrar a otro, a quien se le facultará para firmar. Respecto del futuro comprador, la exigencia que puede tener será hacer cumplir el compromiso de venta o exigir la devolución del doble de lo entregado, en los términos que dispone el art. 1454 Código civil. Si algo de esto ocurriera, en el sentido que si la Comunidad de Propietarios tuviera que hacer frente a una indemnización, se podría pedir responsabilidades al Presidente que con su comportamiento motivo el incumplimiento contractual.
- Publicación de la entrada:febrero 22, 2017
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