BAR EN ZONA COMÚN, RESPONSABILIDAD: Aunque conforme la L.P.H., quien responde de cualquier infracción es el propietario, en los supuestos de un local que se encuentra arrendado, y es el arrendatario quien ocupa indebidamente parte de las zonas comunes, en este caso mediante la colocación de sillas y mesas, la demanda debe interponerse bien contra el inquilino o contra el inquilino y el propietario por el juego procesal del litisconsorcio pasivo;
- Publicación de la entrada:febrero 23, 2017
- Categoría de la entrada:Propiedad Horizontal - Abogados especialistas
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