PRESIDENTE: GASTOS HECHOS DIRECTAMENTE SIN CONVOCATORIA NI JUNTA: No cabe duda que el Presidente hace mal en destinar los fondos ordinarios para hacer unas obras extraordinarias de reparación de tuberías generales, por lo que se podría exigir responsabilidad, aunque si tales obras revestían la consideración de necesarias, no cabe que esa supuesta responsabilidad alcance a la devolución del dinero, sino solamente a la dimisión o remoción conforme prevé la L.P.H. Si lo ejecutado por el Presidente, prescindiendo de Junta y Convocatoria Previa, fuera una obra urgente, existen pocas posibilidades de éxito de ejercer acción de reclamación de responsabilidad contra el Presidente, dado que lo importante es que la obra fue hecha para beneficio de la Comunidad, con independencia que se haya cumplido los requisitos formales de convocatoria y celebración de Junta.
- Publicación de la entrada:febrero 23, 2017
- Categoría de la entrada:Comunidad Propietarios Abogados especialistas
- Tiempo de lectura:1 minutos de lectura