GASTOS COMUNES: RECLAMACION: Se debate si una vivienda que está arrendada o en usufructo, quien asume los gastos, dado que la Ley de Propiedad Horizontal solo habla de obligaciones del propietario, refiriéndose al usufructuario únicamente a efectos de la representación del titular, por lo que se deduce que los gastos comunes se reclamarán al propietario, sin perjuicio de las responsabilidades legales entre el arrendatario con el arrendador o el usufructuario con el nudopropietario, o de los pactos entre ellos.

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