UNIÓN DE DOS VIVIENDAS
UNIÓN DE DOS VIVIENDAS: Solamente es posible si la Comunidad de Propietarios a través de su órgano soberano, la Junta de Propietarios, lo aprueba por unanimidad, conforme dispone la propia Ley de Propiedad Horizontal, por lo menos si se quiere que tal acto jurídico tenga transcendencia…