RECLAMACIÓN DE GASTOS COMUNES AL PROPIETARIO REGISTRAL Y APARENTE: Quien está obligado al pago de los gastos comunes conforme la normativa de la vigente Ley de Propiedad Horizontal, es el propietario, pero a veces ocurre que no es fácil saber quien es el titular a quien hay que requerir y notificar para poder luego dirigir la acción judicial que corresponda contra él. Por ello quien aparece como propietario según el registro de la propiedad a pesar que haya transmitido la propiedad, no se puede decir que no sea propietario, ahora bien, en el caso que exista una tercera persona que actúa como tal, el requerimiento y la acción judicial deberán dirigirse contra ambos.
- Publicación de la entrada:febrero 22, 2017
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