ADMINISTRADOR: Funciones, Atribuciones, Competencias: El Administrador es la persona que se encarga de materializar los acuerdos que se adoptan en la Junta de Propietarios, en este sentido el art. 20 Ley Propiedad Horizontal señala que es el encargado de ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras efectuando los cobros y pagos que sean pertinentes. Igualmente el Administrador tiene encomendada la tarea de preparar y llevar las cuentas de la Comunidad, por lo que debe preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles para cada ejercicio anual, es decir el presupuesto de la Comunidad.
- Publicación de la entrada:febrero 23, 2017
- Categoría de la entrada:Propiedad Horizontal - Abogados especialistas
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