ELEMENTOS COMUNES: CERRAMIENTOS: Toda obra que se lleve a cabo en un elemento común de un edificio en Propiedad Horizontal, alterando la fachada o la estructura del edificio, precisa de acuerdo por unanimidad de la Junta de Propietarios; pero hay que tener en cuenta, como dispone nuestra Jurisprudencia, que si ha existido autorización por la Junta para determinados propietarios para cerramientos de elemento común de utilización privativa, no es posible que la Junta ahora imposibilite la ejecución para otros supuestos iguales o de similares características, por la figura que nadie puede ir contra sus propios actos.
despacho abogados PROPIEDAD HORIZONTAL-COMUNIDAD PROPIETARIOS, sede MADRID, MALAGA