SALIDAS DE HUMOS: En sentido técnico resulta difícil calificarlo bien como una servidumbre, bien como un supuesto de relación de vecindad, la obra consistente en la construcción de una salida de humos para un local, utilizando elementos comunes de una Comunidad de Vecinos o Propietarios como puede ser la fachada. En cualquier caso tal instalación necesitará del permiso o acuerdo unánime de la Junta de Propietarios pues supone una alteración de la estructura y de la configuración del edificio que afecta al Titulo Constitutivo, y aunque se configurase como un supuesto de servidumbre, no sería servidumbre catalogada de legal para su concesión, sino de voluntaria que requeriría de Título, como dispone el Código Civil, que podría ser perfectamente el acuerdo adoptado por la Junta de Propietarios al respecto.