ATICO: OBRAS EN PROPIEDAD HORIZONTAL: El nuevo propietario de vivienda está legitimado para exigir al dueño de vivienda sita en el ático a que derribe las obras ejecutadas, consistentes en cerramiento de la terraza para aprovecharse del espacio común, junto con otras alteraciones; para que la actuación del nuevo propietario tenga eficacia en el campo procesal, es preciso que en la demanda haga constar que actúa como propietario individual y además en interés de la Comunidad de Propietarios, al afectar a elementos comunes, todo ello porque así se lo reconoce la Jurisprudencia para entablar acción judicial contra el dueño de la vivienda en planta ático quien ha ejecutado obras, sin el previo consentimiento del órgano soberano de la Comunidad: La Junta de Propietarios.

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