OBRAS EN ELEMENTOS COMUNES: Propiedad Horizontal: Una de las picarescas que arguyen ciertos propietarios cuando llevan a cabo alteración de elemento común en interés de su elemento privativo o vivienda, es alegar, Actuación de Mala Fe de la Comunidad, en lugar de argumentar existencia de consentimiento tácito de la Comunidad; ello opera cuando se altera elemento común sin consentimiento de la Comunidad pero su propietario se opone a la reposición a su estado original, alegando Desigualdad de trato frente a otros propietarios a los que sí se ha consentido idéntica alteración: pero para aplicar el criterio de igualdad de trato es necesario igualdad en todos los elementos o circunstancias que sean básicas.
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