LOCAL DE NEGOCIOS: FACHADA: Un local dentro de lo que es la superficie de su propiedad, incluida la fachada, puede perfectamente abrir las puertas, escaparates, pintar… pues todo ello va en relación con la finalidad de cualquier local que es la explotación del mismo y podemos incardinar dichas obras con lo que dispone nuestra Ley de Propiedad Horizontal; Ahora bien, dicho acondicionamiento tiene el límite de no sobrepasar la fachada de la influencia o no tocar los muros horizontales o verticales que tienen el concepto de fachada general y que por lo tanto son elementos comunes, que precisa de unanimidad.
- Publicación de la entrada:febrero 22, 2017
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