OBRAS CONSERVACIÓN ELEMENTOS COMUNES: las obras de conservación forman parte del deber general que la LPH impone a los propietarios de los inmuebles de atender al cuidado de los mismos con la diligencia propia de un buen padre de familia, garantizando que los mismos se encuentren en todo momento en las condiciones debidas. En relación con el cumplimiento adecuado de esta obligación tienen especial importancia las prescripciones que sobre la conservación de los elementos constructivos, instalaciones y servicios se contengan en el Libro del Edificio en los términos que recoge la Ley de Ordenación sobre la Edificación de 1999. Dado que la adecuada conservación del edificio supone llevar a cabo todo el plan de mantenimiento que hayan recomendado los técnicos en el Libro del Edificio; realizar las revisiones reglamentariamente previstas; documentar en el Libro del Edificio todas las actuaciones, sean de reparación o rehabilitación que se acometan durante la vida del edificio.