OBRAS EN ELEMENTOS COMUNES: mayoría para obras de conservación:

Las obras de conservación y mantenimiento por parte de la Comunidad no pueden encuadrarse dentro de los supuestos de hecho de alteración de elementos comunes, por ello para la aprobación de obras necesarias se aplicará la cláusula residual del art. 17.3 Ley Propiedad Horizontal: esto es, bastará el voto de la mayoría total de los propietarios existentes en el edificio que, a su vez, represente la mayoría de las cuotas de participación;

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