VENTANAS: MODIFICACIÓN EXTERIOR: : Si la instalación de rejas en las ventanas comunitarias que dan al patio de luces y rellano de la escalera es para evitar los robos que se cometen por las mismas, entendemos que no cabe calificarla como mejora en los términos de nuestra Ley de Propiedad Horizontal, sino como una obra necesaria para la conservación y habitabilidad del inmueble, de ahí que basta la mayoría para acordar su colocación, quedando todos los propietarios obligados al pago, salvo que el disidente impugne judicialmente el acuerdo.