AMPLIACIÓN ZONA COMÚN: El acuerdo de usar una zona común para ampliar por ejemplo los cuartos de basura construyendo una caseta, implica un caso propio de hacer funcionar mejor los servicios comunes, por lo que solo se precisa de mayoría, dado que no supone un supuesto de modificación del Título Constitutivo, que exige unanimidad, de ahí que la supuesta impugnación carece de base legal; por otro lado aún asistiendo a la Junta de Propietarios, no es suficiente la negativa del propietario disidente, se necesita que impugne el acuerdo en el plazo que marca la L.P.H., por lo que si se hace una vez vencido el plazo para impugnar, lo hecho está condenado judicialmente al fracaso, máxime si el interesado se ha limitado con su asistencia en las juntas a la ratificación, y ahora ante su ausencia aprovecha para impugnar.
- Publicación de la entrada:febrero 23, 2017
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