OBRAS: PARALIZACIÓN POR AFECTAR A ELEMENTOS COMUNES en edificio PROPIEDAD HORIZONTAL: Las obras, sin consentimiento de la Comunidad que efectúa una empresa que construye en nueva finca pero que afecta tal obra a zonas comunes, solo tienen una forma de paralizarse, utilizando el Interdicto de Retener o el Interdicto de Recobrar, incluso el Interdicto de Obra Nueva, proceso judicial que consigue paralizar las actuaciones por parte de la empresa; sin perjuicio de poder utilizar la denuncia administrativa, pero a efectos de efectividad, cara los intereses de la Comunidad de Propietarios por las obras de la empresa, tal denuncia no resuelve el problema con la rapidez necesaria; el ejercicio de la acción interdictal, no es obstáculo para mediante el ulterior proceso declarativo procesal, se exija que todo vuelva a su estado original o primitivo como la exigencia de daños y perjuicios.
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